La presencia de Cristiano en la Copa está asegurada

La presencia de Cristiano en la Copa está asegurada

| 2014-02-04

| Administrador

El artículo 56 del Código Disciplinario de la Federación Española es muy claro. Sólo las faltas graves, que son sancionadas con cuatro o más partidos, se cumplen indistintamente en todas las competiciones. Las dos acciones de Cristiano que analizará el Comité de Competición son faltas leves, por lo que cualquiera que sea el castigo que se le imponga deberá ser cumplido en la misma competición en la que se produjeron los hechos. La presencia de Cristiano Ronaldo en el Madri-Atlético de Copa del próximo miércoles está asegurada.

LO QUE DICE EL REGLAMENTO:



"La suspensión por partidos que sea consecuencia de la comisión de infracciones de carácter leve, implicará la prohibición de alinearse, acceder al terreno de juego, al banquillo y a la zona de vestuarios,en tantos aquellos como abarque la sanción por el orden en que tengan lugar, aunque por alteración de calendario, aplazamiento, repetición, suspensión u otra cualquiera circunstancia, hubiese variado el preestablecido al comienzo de la competición, en los partidos de la misma competición en que dicha infracción fue cometida. Se entiende por misma competición la que corresponde a idénticas categoría y división, incluidos, si los hubiere, tanto los torneos de promoción o permanencia, como la segunda fase. Cuando la suspensión recaiga sobre un técnico, esta implicará, además de las prohibiciones antedichas, la de situarse en las inmediaciones del banquillo y la de dar instrucciones de cualquier índole y por cualquier medio a los que participen en el encuentro. Los técnicos que incurran en cualquiera de las prohibiciones antedichas, serán sancionados de acuerdo con lo previsto en el artículo 104 del presente Código Disciplinario".

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