La ley del deporte contempla sanciones de 2 a 15 años de inhabilitación para las futbolistas "rebeldes"

La ley del deporte contempla sanciones de 2 a 15 años de inhabilitación para las futbolistas "rebeldes"

| 2023-09-18

| Redacción MB

La Federación echa mano de la Ley del Deporte para imponer la presencia de las jugadoras convocadas sin plantearles razones que las convenzan para jugar con España en estas condiciones.

Las jugadoras convocadas por Montse Tomé, la nueva seleccionadora femenina de fútbol, debaten ahora sobre el siguiente paso que deben dar. Si acudir a la llamada de la selección o mantener su postura de renunciar a la selección si antes no se producen los cambios que reclaman. La Federación sin embargo, se ha encargado de recordarles las sanciones que pueden caer sobre ellas si se niegan a jugar con España.

Y las sanciones pueden ir de entre 2 y 15 años de inhabilitación como futbolistas. Es el precio que hay que pagar si persisten en su desobediencia y no acatan las normas de una Federación que no les gusta.



Es la política del miedo. La Federación intenta asustar a las jugadoras en lugar de buscar los pactos y acuerdos para que todo discurra con normalidad.

Infracción muy grave y con consecuencias

De momento, de las 39 que firmaron el comunicado exigiendo cambios y anunciando su renuncia a la selección si no se producían, 20 han sido convocadas por la nueva seleccionadora. Incluso alguna de las que no acudió al Mundial por su incompatibilidad con Vilda. Tomé ha querido llamar a las mejores y, salvo a Jenni, ha convocado a todas menos a las tres lesionadas.



Las jugadoras en este momento están analizando y valorando las consecuencias de su decisión de acuerdo a la Ley del Deporte que recoge la posibilidad de que un deportista que se niegue a acudir a la llamada de la selección incurrirá en una infracción muy grave que acarrea sanciones. Así lo explica el artículo 104:

"Artículo 104. Infracciones muy graves.





1. A efectos de la presente ley, se consideran infracciones muy graves:

c) La falta de asistencia no justificada a las convocatorias de las selecciones deportivas nacionales, así como la no puesta a disposición de las selecciones nacionales de las personas deportistas que hayan sido designadas para formar parte de las mismas".



Las sanciones para esta situación se contemplan en el artículo 108 de la propia Ley del Deporte se detalla cuáles serían las consecuencias:

"En el apartado A, se trata la multa económica, que iría de los 3.000 euros a los 30.000. En el punto I, se detalla la suspensión de la licencia federativa a cada jugadora implicada en este tipo de renuncias.

Artículo 108. Sanciones por la comisión de infracciones de carácter muy grave.

1. Por la comisión de las infracciones muy graves tipificadas en el artículo 104.1, se podrán imponer las siguientes sanciones, en adecuada proporción a la infracción cometida:

a) Multa, no inferior a 3.000,01 ni superior a 30.000 euros.

e) Prohibición de acceso a los estadios o lugares de desarrollo de las pruebas o competiciones por tiempo no superior a cinco años.

i) Suspensión de licencia federativa o habilitación equivalente de carácter temporal por un periodo comprendido entre los dos y los quince años".